La Ley de Nietos o Ley de Memoria Democrática fue finalmente aprobada en el Congreso de los Diputados después de mucho tiempo de espera. Esto permitirá que hijos y nietos de españoles consigan la nacionalidad española de manera directa, ¡sin tener que residir en España ningún plazo de tiempo mínimo! En este post te contamos todo lo que debes saber sobre esta nueva ley y cómo beneficiarte de ella, así cómo los 3 supuestos que se contemplan para poder solicitarla
Cómo conseguir la nacionalidad española como hijo o nieto de español
En el año 2007 se publicó en España la Ley de Memoria Histórica, que permitió a muchos extranjeros descendientes de españoles conseguir la ciudadanía en el país.
Pero muchos partidos políticos consideraron que esto no era suficiente, y que se debían perseguir mayores esfuerzos para expandir dicha ley.
Después de diferentes acciones, el año pasado se crea finalmente la iniciativa de la Ley de Memoria Democrática, una iniciativa que ha ido evolucionando hasta convertirse a día de hoy ya en un texto legal en vigor en fase de aprobación final.
Esta ley fue aprobada en el Congreso de los Diputados el pasado 14 de julio.
No obstante, esta ley todavía NO está en vigor, se encuentra en una fase final previa al análisis del Senado (lee el último apartado de este blog para conocer más detalles sobre cuándo se espera que se publique).
Una vez aprobada, esta ley de Memoria Democrática (tan conocida como Ley de Nietos) permitirá conseguir la nacionalidad a una cantidad de extranjeros descendentes de españoles muchísimo mayor.
Pues se trata de una nacionalidad por opción que permitirá a los hijos o nietos de españoles conseguir la nacionalidad directamente desde el consulado (sin necesidad de haber residido un año en España como deben hacer hasta ahora) gracias a su vínculo directo con España (la relación familiar).
Los 3 supuestos para solicita ala nacionalidad bajo la Ley de Memoria Democrática
¿Puedes realmente beneficiarte de esta ley?
Depende. Para que la respuesta sea afirmativa deberás asegurarte de estar en uno de los siguientes tres supuestos contemplados.
Es decir, podrán solicitar la nacionalidad bajo la ley de memoria democrática:
- Los hijos o nietos nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual; y que por dicho exilio ende perdieron o renunciaron a su nacionalidad española. Sus hijos o nietos podrán solicitar la nacionalidad por el Artículo 20 del código civil.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la ley de Memoria Histórica (Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre) o de la presente Ley de Memoria Democrática.
Este último punto es fundamental, pues como puedes ver, los hijos mayores de edad de aquellos que puedan acogerse a la propia ley de Memoria Democrática (que entrará en vigor pronto), también podrán conseguir su nacionalidad.
¿Cuándo entrará en vigor la Ley de Nietos?
Lo cierto es que todavía no sabemos cuándo entrará en vigor exactamente, pero el proceso no debería demorarse mucho.
Pues actualmente se encuentra en la fase final que cualquier ley sigue previo a ser publicada.
Tras la aprobación en el Congreso de los Diputados, el siguiente paso es que sea aprobada en el Senado.
Una vez esto suceda (lo cuál sucederá en septiembre), sabremos cuál será exactamente la fecha de publicación en el BOE.
Será entonces cuando puedas solicitar tu nacionalidad bajo la Ley de Memoria Democrática.
Te mantendremos informado/a a través de este mismo blog y en nuestras redes sociales, anunciando cualquier modificación final y proceso de solicitud paso a paso.
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